Artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Tribunal, apreciando según su conciencia las pruebas practicadas en el juicio, las razones expuestas por la acusación y la defensa y lo manifestado por los mismos procesados, dictará sentencia dentro del término fijado en esta Ley.

Siempre que el Tribunal haga uso del libre arbitrio que para la calificación del delito o para la imposición de la pena le otorga el Código Penal, deberá consignar si ha tomado en consideración los elementos de juicio que el precepto aplicable de aquél obligue a tener en cuenta.

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El artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española hace referencia a la figura del acusado y obliga a que el Tribunal señale si tuvo en consideración los elementos de juicio vinculantes del precepto aplicable.